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Principios
Las actuaciones se basan en la puesta a disposición de un técnico competente (o el número de técnicos que se estimen necesarios en función de las características de la obra) para coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, el cual desarrollará sus funciones de acuerdo a lo establecido en el R.D. 1.627/1997.
Funciones
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Coordinar los distintos trabajos que vayan a desarrollarse sucesiva o simultáneamente.
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Garantizar que contratistas, subcontratistas y/o trabajadores autónomos cumplan tanto la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales como el R.D. 1.627/1997.
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Aprobar el plan de seguridad y salud elaborado por el contratista y las posibles modificaciones del mismo.
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Organizar la coordinación de actividades empresariales entre todas las empresas participantes en la obra.
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Adoptar las medidas necesarias para que sólo las personas autorizadas puedan acceder a la obra.
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Elaborar un informe semanal, acompañado de fotografías, en el que se detallarán las fases de la obra y los incumplimientos en materia de prevención detectados.
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Tener en la obra el libro de incidencias a disposición de todos aquellos que establece el R.D. 1.627/1997 y gestionar adecuadamente cualquier posible anotación efectuada en el mismo.
Actividades de campo
- Verificar que la ejecución de los trabajos se adecua a lo especificado en el plan de seguridad y salud para cada obra y trabajo.
- Inspecciones periódicas de la obra y visita de todos los tajos abiertos, para comprobar las condiciones de trabajo y la correcta aplicación de las medidas preventivas.
- Reuniones inicial y periódicas con la Dirección Técnica de la obra para tratar todos los temas relacionados con la seguridad y salud en la misma y exponer metodología de trabajo.
Gestión de documentación
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